A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Vladimir Fernández Andrade
✓Claimant Camila Andrea Rojas Ortegón Ao De Guillermo Rojas Espinosa·Respondent Ips Clínica Colsubsidio Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 1 Penal del Circuito de Girardot y el Juzgado Civil del Circuito del mismo municipio.
Constató la Corte que en el presente caso se presentó un conflicto aparente basado en las reglas de reparto establecidas en un Acuerdo proferido por el Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca.
El primer despacho declaró su falta de competencia argumentado que la segunda instancia de la acción de tutela debía ser conocida y resuelta por los jueces civiles o de familia del Circuito de Girardot, de conformidad con lo establecido en la precitada norma.
Lo anterior, sin alegar ni demostrar que se incumpliera alguno de los factores de competencia previstos en el Decreto 2591 de 1991 y desarrollados por la jurisprudencia constitucional.
Se dirimió el asunto con la remisión del expediente al Juzgado 1 Penal del Circuito de Girardot para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
Se le hizo una advertencia a esta autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar su incompetencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce el ordenamiento jurídico y la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
Al otro operador jurídico involucrado se le indicó que, siempre que advierta un conflicto de competencia en materia de tutela, éste debe ser resuelto por las Autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, en lugar de remitirlo a la Corte Constitucional, para lo cual se deben observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de este tribunal, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 13 de mayo de 2025, proferido por el Juzgado 001 Penal del Circuito de Girardot, dentro del trámite de la acción de tutela promovida por la señora Camila Andrea Rojas Ortegón, actuando calidad de agente oficiosa de Guillermo Rojas Espinosa en contra de la IPS Clínica Colsubsidio de Girardot.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5024 al Juzgado 001 Penal del Circuito de Girardot para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 001 Penal del Circuito de Girardot, para que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar su incompetencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce el ordenamiento jurídico y la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
- CUARTO. ADVERTIR al Juzgado 001 Civil del Circuito de Girardot, que siempre que advierta un conflicto de competencia en materia de tutela, éste debe ser resuelto por las Autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, en lugar de remitirlo a la Corte Constitucional, para lo cual se deben observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de este tribunal, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- QUINTO. Por la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR la presente decisión a la parte demandante, al Juzgado 001 Penal del Circuito de Girardot y al Juzgado 001 Civil del Circuito de Girardot.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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